ESTUDIOS PENALES Y CRIMINOLOGICOS
martes, 20 de septiembre de 2016
viernes, 5 de agosto de 2016
LA NOCIÓN DE CULPABILIDAD, DESDE LA VISIÓN ACTUAL DE LA NEUROCIENCIA Y SU INFLUENCIA EN LA CIENCIAS PENALES.
UNIVERSIDAD YACAMBU
VICERRECTORADO DE
INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO
MAESTRÍA EN
CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLÓGICAS A DISTANCIA.
CATEDRA:
EPISTEMOLOGIA DE LA INVESTIGACION
(ECC JMPE-203)
SECCIÓN ED16D0V 2016-1.
LA
NOCIÓN DE CULPABILIDAD, DESDE LA VISIÓN ACTUAL DE LA NEUROCIENCIA Y SU
INFLUENCIA EN LA CIENCIAS PENALES.
ELABORADO POR: YOEL
A. VIVAS CORO
C.I. No
V-16.010.476
MCP-153-00012v
Profesor: Dr. Rubén Vanegas
BOLIVAR, ABRIL 2016
Análisis la noción de culpabilidad,
Elementos de las teorías del delito desde la visión actual de la neurociencia.
En virtud de reconocer los avances en las
ciencias vinculadas a la Ciencia Derecho Penal, específicamente a los elementos
de la teoría del delitos y como se enfoca la noción de la culpabilidad desde la
ciencia moderna como lo es la Neurociencia, con el horizonte de vislumbrar
aportes que mejoren los sistemas establecidos para ejercer la justicia desde
una visión integracionista y positiva en el restablecimientos de las conductas,
La Criminología de Lombroso busca ir más allá de lo conocimientos formalista de
la definición del Delito y su elementos, sus estudios minuciosos trazan una
línea de investigación sobre los elementos neurológico que dan origen a los
comportamientos humanos y su composición estructural en el cerebro humano,
sobre la razón y la irracionalidad, funciones neuronales, y danos en los hemisferios cerebrales: causas
naturales o violentas (Neurociencia) y como se genera en torno al tema
de la Culpabilidad como elemento del delito una serie de críticas en
función de su concepto:
(…)La culpabilidad queda definida, también
para Welzel, de modo negativo: no como un estado, sino como un acto; no como
una decisión a favor de lo malo, sino como "la falta de autodeterminación
conforme a sentido en un sujeto que era capaz para ello"; no como un acto
de libre autodeterminación, sino justamente como "la falta de
determinación de acuerdo a sentido en un sujeto responsable" refuerzan la
racionalidad. ( Bettelheim and Janowitz 1964).
Es decir que la culpabilidad, como acto
de la autodeterminación del sujeto hábil de decisión en el sentido de la
irracionalidad quebranta las leyes que sostienen la sociedad a favor de
raciocinio, por ende el estudio de la culpabilidad es cuestionada por la
Neurociencia; ya que partiendo desde las patologías que presentan estudios
realizados a las neuronas, Entendiendo que estas inciden de manera directa en
la conducta del ser, nos conlleva a
encontrarnos con otros factores del análisis científicos que nos permite el
cuestionamiento de la culpabilidad del yo, por patologías hereditarias o
genéticas neurológicas que motivadas desde el sub consiente o cociente son muy
difícil de controlar sin un estudio adecuado del tratamiento que se debe
aplicar a estos cerebros con ciertas enfermedades (danos cerebrales). La culpabilidad bien definida formalmente en
los diccionarios jurídicos elementales: Como la calidad de culpable o de
responsable de un mal o daño causado. Es
la formalidad que limita y que no obtienen otros estudios del imputado, que
permitan de forma reconstructiva contribuir a las garantías del derecho
procesal penal ser eficientes en el ejercicio complejo de hacer Justicias.
Justicias que debe corregir objetiva y
subjetivas todos los elementos que componen el delito, deber ir más allá del mero formalismo establecidos
por los estados e ir a las nuevas ciencias revolucionarias como la NC mediante el método del compatibilismos por situarse en extremos
intermedios entre el neurodeterminismo y el indeterminismo librearbitrista, en
donde se discuten el tema de la libertad de nuestros actos humanos parcialmente
o por sus condicionamientos sobre la libertad. Considero que son estudios que
no permiten abrir la mentes a infinitas posibilidades para los que tenemos en
nuestros hombros la honrosa labor de ejercer el derecho Penal con filosofía,
ciencia y justicia, triángulo fundamental para juzgar a cada quien de acuerdo a
sus actos consientes e inconscientes, mediantes las investigaciones, análisis,
estudios, pericias y patologías que presentare el sujeto conductual a corregir.
La neurociencia engloba todo lo que con la
conducta se relacionas desde los aprendizajes desde su nacimiento hasta el
desarrollo de sus habilidades y destreza mentales, que es vital en el estudio
de la conductas delictivas, es la importancia en la vinculación de esta ciencia
al derecho penal en el estudio de los elementos del delito en específico el
principio de culpabilidad, como lo dice el derecho penal para que exista un
delito debe haber culpabilidad sino no hubo delito. . (…) “Un Derecho penal sin libertad humana
equivaldría a un Derecho penal sin culpabilidad, lo que dejaría paso a un
Derecho (penal) de medidas de seguridad (por todos, Hirsch, 2010, p. 61). Es
decir sin la Libertar de la razón, la lógica, la neurociencia, la criminología,
la psicologías y otras ciencias modernas, el derecho penal seria como una mesa
sin patas no se sostendría en el espacio /tiempo, y como sabemos la razón es un
acto complejo y exclusivo del ser humano.
Los razonamientos que derivan del libre
albedrio os ruega que del determinismo de la culpabilidad se sustenta según:
Los silogismos que resultan son del todo distintos. El "silogismo
librearbitrista" reza grosso modo: (a) el sujeto pudo actuar de
otro modo, luego es legítima la pena, salvo que concurra alguna
patología; (b) estuvo justificado castigar, en el pasado como también lo
está en el presente en tanto no tengamos certeza de que el sujeto no
pudo actuar de otro modo.
Por último, de acuerdo a su
carácter retribucionista, establece (e) siempre que el sujeto es
considerado culpable hay que castigar porque la culpabilidad se entiende
en cierto modo como un mandato de tratar a las personas de acuerdo con
sus acciones voluntarias a pesar de los "costes" para el principio
de la libertad (ilustrativo, Sánchez Lázaro, 2011, p. 13).
Según Sánchez Lázaro se debe mantener el
castigo mediante la coacción de la libertad de modo que sus actos son
conscientes, y que mediante no concurra una patología probatoria que afecta su
razonamiento mental, (Enfermedades Neurológicas: voces e imágenes reproducidas
desde las redes neurológicas que estimulan la acción y bloquean a la razón), la
pena debe ser efectivamente impuesta.
Las conclusiones no libre arbitristas
operan al inverso de la anterior, se impones los castigos de forma unilateral
ante una violación de los bienes jurídicos protegidos por los estados de manera
preventiva, de existir la duda si estamos ante la presencia de un acto
impulsados por las una patología neurológica que dejar de ser una causa
normalista del sistema, se determina por la presunción de la normalidad y si se
considera culpable hay que castigar, enfoque que considero retrógrado por ser
inclinado al simplismo del normalísimo y no ir al complejo campo de la ciencias
modernas antes mencionadas.
Existe una serie de te tesis sobre la
culpabilidad y como la neurociencia complementa y profundiza en el derecho
penal se transponla a un debate revolucionario en la filosofía y doctrinas de
la ciencia Penal, cuando se deduce desde
el indeterminismo que es preciso preservar la libertad como absoluta, o bien
como primicia básica que rige la armonía y es piedra angular del ordenamiento
jurídico no se dice nada que no pueda ser compartido plenamente por quienes
rechazamos el libre arbitrio como premisa metafísica (o meramente lingüística)
para la fundamentación del castigo.
Principios de la
neurociencia: Aplicación de tratamientos neurológicos con los objetivos
preventivos y terapéuticos de manera legal, su estudio debe ser legitimo con
carácter valorativo que buscar la protección de la dignidad humana como
garantía universal. La neurociencia tiene como facultad se menos dependiente de
la ciencia y filosofía, el debatir y
polemizar los temas relacionados con el
funcionamiento del cerebro y estudios
neurocientíficos se pueden integrar para obtener resultados que contribuya a la
concepción de la ciencia modernas y necesarias para la ciencia del derecho
penal.
REFERENCIA
BIBLIOGRÁFICAS.
AmvAR DE CASTRO, L. "El
regreso triunfal de Darwin y Lombroso: las diferencias humanas en la
Criminología angloparlante presente en los simposios internacionales de
Criminología de Estocolmo", Cap. Crim. (36) (4), 2008, pp. 5-25.
BENNETI, M.; HACKER, P., Philosophicalfoundations
ofneuroscience, Blackwell, Oxford,
2003.
- "Philosophical foundations of neuroscience. Fragmento del
capítulo 3", en Bennet/
Dennet/HackerjSearle, La naturaleza de la conciencia. Cerebro, mente
y lenguaje,
Paidós, Nueva York, 2008a, pp. 29-64.
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